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IEE-P-047/2022
PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO LOCAL.
SE/669/2022
REMANENTE DE LA LIQUIDACIÓN DE UN PARTIDO POLÍTICO.
1229/2022 Secretaria ejecutiva
LA PÉRDIDA DEL REGISTRO DEL PARTIDO POLÍTICO LOCAL “SOMOS”, RESPECTO A LAS ACTIVIDADES PROCEDENTES DE ACUERDO CON LA NORMATIVA CORRESPONDIENTE, YA QUE A FIN DE DAR PUNTUAL SEGUIMIENTO A DICHAS OBLIGACIONES ...
CONSULTA FORMULADA POR: PARTIDO FUERZA POR MÉXICO EN PUEBLA SOBRE: INFORMACIÓN RELACIONADAA DIVERSAS CUESTIONES RESPECTO AL PAGO DE NÓMINA DE LOS TRABAJADORES DEL OTRORA PARTIDO FUERZA POR MÉXICO, ADEMÁS ...
formar parte esencial del procedimiento de liquidación....
Que la comunicación relativa a la liquidación del otrora partido Fuerza por México,deberá realizarse de manera directa con el Interventor designado, utilizando los medios señalados para tal efecto en el aviso de liquidación publicado por...
Que se considerarán trabajadores del partido aquellos ciudadanos que sean reportados como tal, ante el INE o ante Organismos Públicos LocalesElectorales, en los informes anuales de los ejercicios anteriores al de la pérdida de registro, por lo que, quien tenga derecho y pueda acreditarlo documentalmente podrá gestionar su reconocimiento directamente con el Interventor, en caso de que aun habiendo dirigido su gestión al Interventor no hubiera sido reconocido, podrá ejercer las acciones que considere procedentes, ante las autoridades que resulten competentes, a efecto de que mediante laudo laboral, el interventor los incluya en la lista de trabajadores para salvaguardar sus derechos....
Que el otrora partido político Fuerza por México, no participaráen la elección extraordinaria del estado de Puebla, por lo tanto, no será posible que ejerza las prerrogativas a las que se refiere el artículo 12 de las Reglas Generales para las Liquidaciones en el caso de la celebración de elecciones extraordinarias, de conformidad con lo determinado por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Puebla, mediante acuerdo CG/AC-014/2022 de fecha tres de enero de dos mil veintidós....
CONSULTA FORMULADA POR: INSTITUTO MORELENSE DE PROCESOS ELECTORALES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA SOBRE: BAJA DE DIVERSOS BIENES DEL INVENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA.
Que mediante los Acuerdos IMPEPAC/CEE/449/2021, lMPEPAC/CEE/454/2021eIMPEPAC/CEE/598/2021, se declaró el periodo de prevención del Partido de la Revolución Democrática, designándose a la C. María Victoria Obispo Lozano como interventora, por lo que al ser la responsable de la administración de los bienes, y de conformidad con el artículo 45 del Acuerdo IMPEPAC/CEE/437/2021, no es procedente la autorización de la baja de los activos, mientras la interventora no lo autorice....
SE/669/2022
SOBRE LA PROCEDENCIA DEL INFORME SOBRE LA VERIFICACIÓN DE REMANENTE 2020 BAJO LOS TÉRMINOS REFERIDOS.
CONSULTA FORMULADA POR: COMISIÓN ESTATAL ELECTORAL NUEVO LEÓN SOBRE: SE INFORME MONTO REMANENTE Y EN CASO DE NO HABER SIDO DETERMINADO, INFORMAR MOMENTO OPORTUNO PARA QUE EL INTERVENTOR PUBLIQUE LISTA ...
Que, para determinar el orden y prelación de los créditos, el interventor deberá cubrir las obligaciones que la ley determina en protección y beneficio de los trabajadores del partido político en liquidación, y una vez cubiertas, se pagarán...
Que, una vez que el interventor haya cumplido con las obligaciones señaladas en el punto que antecede, se atenderán otros compromisos contraídos y debidamente documentados con proveedores y acreedores, por lo que ese será éste el momento oportuno para publicar la lista de acreedores....