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CONSULTA FORMULADA POR: PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA SOBRE: TOPE MÁXIMO A DESCONTAR POR CONCEPTO PAGO DE MULTAS, Y SI LOS ACUERDOS CF/006/2020 Y CF/003/2021 SON CRITERIOS GENERALES.
ministración mensual que reciba por concepto de financiamiento público....
% (cincuenta por ciento) del financiamiento mensual que se les otorgue a los sujetos obligados....
Que el cobro de las sanciones se extenderá por el número de meses que sean necesarios para cubrir el monto total de dichas sanciones impuestas al partido político en la resolución de mérito, tal y como ha sido señalado en los planteamientos anteriores....
Por cuanto hace a la factibilidad de establecer un criterio de aplicación general, respecto del cobro de las sanciones impuestas y que se ejecuten de manera tal que la retención máxima de la ministración mensual de financiamiento ordinario no exceda el 25% (veinticinco por ciento) de la ministración que reciban los sujetos obligados, dicha circunstancia no es posible, toda vez que en el acuerdo INE/CG61/2017 relacionado con los “Lineamientos para el cobro de sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral y autoridades jurisdiccionales electorales del ámbito federal y local”, se encuentran contenidos los criterios para el cobro de sanciones y por ende, se considera que la presente consulta sólo está dirigida a resolver la interpretación para el cobro de sanciones de la resolución INE/CG109/2022, por lo que no podrá ser considerado como un criterio de aplicación general....
IEEBCS-PS-0194-2022
FIRMEZA DE LOS REMANENTES DETERMINADOS EN EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA DE LAS Y LOS CANDIDATOS DEL PE 2020-2021.
SE/923/2022
COBRO DEL REMANENTE PENDIENTE DE REINTEGRO AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO CORRESPONDIENTE A LA RESOLUCIÓN INE/CG111/2022.
IEES/0830/2022
CASO ESPECÍFICO: ¿PROCEDE QUE EL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE SINALOA REMITA A LA TESORERIA DEL ESTADO, EL MOTO DEL REMANENTE DEL PARTIDO MORENA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019?
SE/1145/22
COBRO DEL REMANENTE NO EJERCIDO POR EL PARTIDO MORENA.
IEPC/SE/1675/2022
SE CONSULTA EL CÁLCULO DE REMANENTES RESPECTO EL EJERCICIO ANUAL 2019 PARA UN PARTIDO POLÍTICO.
CONSULTA FORMULADA POR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN EL ESTADO DE PUEBLA SOBRE: INFORMAR SI SON ACTIVIDADES CON FINES PARTIDISTAS, LAS EFECTUADAS POR LOS PARTIDOS, CONTENIDAS EN SUS DOCUMENTOS ...
CONSULTA SOBRE EL MANEJO ADECUADO DE LAS PRERROGATIVAS DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE DE 2022 QUE LE PUDIERAN SER OTORGADOS DE MANERA EXTEMPORÁNEA AL PARTIDO VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO EN JALISCO Y CUMPLIMIENTO ...
ORIENTACIÓN A EFECTO DE SABER SI LOS AHORROS DE LOS EJERCICIOS ORDINARIOS 2022 Y 2023, PUEDEN SER UTILIZADOS POR MOVIMIENTO CIUDADANO A TRAVÉS DE UN FIDEICOMISO A FIN DE CREAR RESERVAS QUE LE PERMITAN ...
CONSULTA FORMULADA POR: PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL EN EL ESTADO DE PUEBLA SOBRE: ORIENTACIÓN RESPECTO A LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 1, FRACCIONES I A V DEL ACUERDO CF/014/2014, APARTADO IV, ...
Que aquellos gastos que sean menores a 90 UMApodrán reunir los requisitos fiscales que se establecen en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, y en caso de no contar con dichos requisitos,deberá adjuntar a la bitácora de gastos menores los comprobantes correspondientes a ésta....
Que para operar un fondo fijo de caja, se deberá expedir un cheque nominativo o hacer una trasferencia electrónicaa una persona que se encuentre vinculada con el partido político y deberá considerarse como una cuenta por cobrar....
Que por cuanto hace al procedimiento del registro contable, una vez que ha ingresado el financiamiento público y privado a la cuenta del partido, se deberá hacer un cargo a caja con abono al banco, posteriormente, cuando se requiera utilizar...
Una vez que el deudor tenga los comprobantes del bien o servicio que se haya contratado pasará a ser un gasto, loscuales deberán contar con comprobantes, en cualquiera de las cuentas de servicios generales, viáticos y pasajes, por cada operación que realicen....
Que el límite máximo a otorgar como consecuencia de losrecursospara gastos generales, viáticos y pasajes,seráhasta de un diez por cientodel gasto total reportado en el ejercicio o periodoen el rubro de viáticos y pasajes, ya sea como gastos de operación ordinaria o de proceso electoral, según corresponda, esto de acuerdo conlo establecido en los artículos 49, numeral 2 y 20 del Reglamento de Fiscalización....