RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/MORENA/CG/30/2016, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA QUEJA INTERPUESTA POR MORENA EN CONTRA DE LA CONSEJERA PRESIDENTA MAYRA SAN ROMAN CARRILLO MEDINA, ASÍ COMO LA CONSEJERA Y LOS CONSEJEROS THALIA HERNÁNDEZ ROBLEDO, JUAN MANUEL PÉREZ ALPUCHE Y JORGE ARMANDO POOT PECH, TODOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO DE REMOCIÓN DE CONSEJEROS ELECTORALES IDENTIFICADO CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/PRCE/MORENA/CG/30/2016, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA QUEJA INTERPUESTA POR MORENA EN CONTRA DE LA CONSEJERA PRESIDENTA MAYRA SAN ROMAN CARRILLO MEDINA, ASÍ COMO LA CONSEJERA Y LOS CONSEJEROS THALIA HERNÁNDEZ ROBLEDO, JUAN MANUEL PÉREZ ALPUCHE Y JORGE ARMANDO POOT PECH, TODOS DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE QUINTANA ROO, POR HECHOS QUE PODRÍAN CONFIGURAR ALGUNA DE LAS CAUSALES DE REMOCIÓN PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 102 DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES