RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO A LA DECLARATORIA DE INEXISTENCIA DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LA OBLIGACIÓN DE TRANSPARENCIA.
INE-CT-R-DI-FOT-0053-2024
Resolución
R e s o l u c i ó n
Primero. Se confirma la declaración de inexistencia de la información emitida por las áreas responsables respecto al contenido del Formato 8a LGT_Art_77_Fr_VIII en cumplimiento de la Obligación de Transparencia señalada en el artículo 77, fracción VIII de la LGTAIP la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Segundo. Se instruye a las áreas responsables que publique la presente resolución en el Formato 8a LGT_Art_77_Fr_VIII en cumplimiento de la Obligación de Transparencia señalada en el proemio de este documento, dando cuenta que el Instituto Nacional Electoral no tiene información que reportar.
Tercero. Se instruye a la Secretaría Técnica del Comité de Transparencia notificar la resolución en versión electrónica a la Dirección de Políticas de Transparencia, adscrita a la Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales, para que por su conducto notifique a las áreas responsables.
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