ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DE BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ Y LOS PARTIDOS ACCIÓN NACIONAL, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL Y DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, POR LA SUPUESTA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ, DERIVADO DE LA INCLUSIÓN DE LA IMAGEN DE PERSONAS MENORES DE EDAD EN DOS PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/1196/PEF/210/2023 Y SU ACUMULADO UT/SCG/PE/MORENA/CG/1197/PEF/211/2023
ACQyD-INE-281/2023
Acuerdo
PRIMERO. Es IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares solicitadas por MORENA, respecto de las publicaciones que fueron materia de la presente determinación, en términos de los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO, de este acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos de su considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]