COBRO DE REMANENTE DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO ORDINARIO DEL PARTIDO POLÍTICO MORENA, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2019.
SEE/SE/0809/2022
Consulta
"1. Las reglas establecidas por el INE en el acuerdo INE/CG345/2022, ¿son aplicables al cobro de remanente del partido Morena determinado en el dictamen consolidado INE/CG643/2020 y la resolución INE/CG650/2020, por la cantidad de $31,034,923.72 (treinta y un millones treinta y cuatro mil novecientos veinte tres pesos 72/100 M.N.)?, considerando que esta CEE desde el mes de diciembre de 2021 inició el proceso correspondiente, y fue regularizado el 17 de mayo de 2022 mediante acuerdo CEE/CG41/2022.
2. En caso afirmativo a la pregunta anterior, y con motivo de que el monto involucrado supera los 6 meses de ministración mensual de Morena, ¿la CEE deberá informar a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, la remisión del 100% del monto del remanente para cobro de la prerrogativa federal?, o bien, ¿la totalidad del cobro del remanente deberá realizarse a través de la prerrogativa local?; o, ¿esta Comisión debe efectuar la retención del equivalente a 6 meses de la ministración mensual y el resto remitirlo al INE para su cobro con cargo a la prerrogativa nacional?
3. En el supuesto de que esté involucrado el pago de remanente con cargo a la prerrogativa local, ¿Cómo se debe calcular el factor de actualización?, considerando que, en este caso particular, existe un monto que ya fue retenido y que no fue actualizado, ¿se debe efectuar solo de los meses que faltan para completar el monto total del remanente, o bien, sobre el monto total del remanente?"
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