ACUERDO DEL COMITÉ DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO INE/CG86/2022 CON MOTIVO DEL REGISTRO DE DOS COALICIONES TOTALES EN LOS PROCESOS ELECTORALES EXTRAORDINARIOS CORRESPONDIENTES A LA ELECCIÓN DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LOS MUNICIPIOS DE VENUSTIANO CARRANZA, HONDURAS DE LA SIERRA, SILTEPEC, EL PARRAL, EMILIANO ZAPATA Y FRONTERA COMALAPA, EN EL ESTADO DE CHIAPAS
INE/ACRT/29/2022
Acuerdo
PRIMERO. Se aprueba la modificación del Acuerdo identificado con la clave
INE/CG86/2022, en cuanto a los modelos de distribución y las pautas para la transmisión
de los mensajes correspondientes a los partidos políticos y a las coaliciones totales
denominadas “Juntos Hacemos Historia en Chiapas” conformada por Morena y el Partido
Verde Ecologista de México, y “Por Chiapas al Frente” integrada por el Partido Acción
Nacional y el Partido de la Revolución Democrática, mismas que se anexan y forman
parte integral del presente instrumento. En ese sentido, la vigencia de las pautas es del
veintiuno al treinta de marzo de dos mil veintidós.
SEGUNDO. Las pautas aprobadas serán transmitidas por las estaciones de radio y canales
de televisión que deben cubrir los Procesos Electorales Extraordinarios de los
Ayuntamientos en los municipios de Venustiano Carranza, Honduras de la Sierra,
Siltepec, El Parral, Emiliano Zapata y Frontera Comalapa, en el estado de Chiapas, por
lo que se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos a que
notifique a las emisoras correspondientes, a través del Vocal Ejecutivo de la entidad, en
los términos señalados en el Reglamento.
TERCERO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para
que ponga a disposición y entregue, a través del Sistema de pautas para medios de
comunicación, las órdenes de transmisión y los respectivos materiales a las emisoras
correspondientes en los plazos, términos y condiciones señalados en el presente
Acuerdo, en el Reglamento y en los Lineamientos aplicables a la entrega y recepción
electrónica o satelital de las órdenes de transmisión y materiales.
CUARTO. Se instruye a la Secretaría Técnica del Comité para que, por conducto de la
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, notifique de manera electrónica
el presente Acuerdo a los Partidos Políticos Nacionales y al Vocal Ejecutivo de la Junta
Local Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral en el estado de Chiapas. Asimismo, a la
Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales para que notifique
el contenido del presente Acuerdo al Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana
del estado de Chiapas y, por su conducto, lo dé a conocer a los partidos políticos con
registro local y, a los otrora partidos políticos nacionales que participarán en los Procesos
Electorales Extraordinarios para los efectos legales a que haya lugar.
QUINTO. En cumplimiento al artículo 41, Base III, Apartado C de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, se ordena la suspensión de la propaganda
gubernamental durante el periodo de campaña, reflexión y Jornada Electoral, en todas
las emisoras que se escuchan y ven en los municipios de Venustiano Carranza, Honduras
de la Sierra, Siltepec, El Parral, Emiliano Zapata y Frontera Comalapa, en el estado de
Chiapas, conforme a los mapas de cobertura de este Comité.
El presente Acuerdo fue aprobado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité de Radio
y Televisión, celebrada el veintiocho de febrero de dos mil veintidós, por unanimidad de
votos del Consejero Electoral Presidente del Comité, Doctor Uuc-Kib Espadas Ancona,
y de la Consejera y el Consejero Electoral integrantes del mismo, Doctora Adriana
Margarita Favela Herrera, y Maestro José Martín Fernando Faz Mora; con el apoyo de
las Representaciones de los partidos Acción Nacional; Revolucionario Institucional; de la
Revolución Democrática; del Trabajo; Verde Ecologista de México, y Morena; y con el
voto en contra de la Representación del Partido Movimiento Ciudadano, todas y todos
ellos presentes en la sesión. La Consejera Electoral Maestra Dania Paola Ravel Cuevas
se encontraba ausente en el momento de la votación.
- Acuerdos [491]
INE/CG86/2022
INE/CG218/2020
INE/CG271/2020
INE/CG273/2020
INE/CG275/2020
INE/CG506/2020
INE/CG309/2020
INE/CG509/2020
INE/CG510/2020
INE/JGE150/2020
INE/CG687/2020
INE/JGE97/2021
INE/CG1314/2021
INE/CG1567/2021
INE/CG1568/2021
INE/CG1569/2021
INE/CG1717/2021
INE/CG1718/2021
INE/CG1719/2021
INE/JGE252/2021
INE/CG1733/2021
INE/CG52/2022
INE/JGE34/2020