ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DE LA H. SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, RECAÍDA A LOS RECURSOS DE APELACIÓN IDENTIFICADOS CON EL NÚMERO DE EXPEDIENTE SUP-RAP-335/2016 Y SUP-RAP-401/2016, ACUMULADOS, INTERPUESTOS POR EL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y LA OTRORA COALICIÓN “SIGAMOS ADELANTE” EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN INE/CG557/2016 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR DE QUEJA EN MATERIA DE FISCALIZACIÓN, INSTAURADO EN CONTRA DE LA COALICIÓN “SIGAMOS ADELANTE” INTEGRADA POR LOS PARTIDOS ACCIÓN NACIONAL, NUEVA ALIANZA, DEL TRABAJO, PACTO SOCIAL DE INTEGRACIÓN Y COMPROMISO POR PUEBLA Y SU CANDIDATO A GOBERNADOR DEL ESTADO DE PUEBLA, EL C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD, IDENTIFICADO COMO INE/Q-COF-UTF/54/2016/PUE
INE/CG710/2016
Acuerdo
INE/CG710/2016 - Acuerdo de la sesión Extraordinaria del 2016-09-28
- Acuerdos [4934]