INFORME DIAGNÓSTICO QUE PRESENTA LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL SOBRE LA MAESTRÍA EN PROCESOS E INSTITUCIONES ELECTORALES
Informe
La operación y administración de la Maestría se rige por el Acuerdo de la Junta, mediante el cual se reforman los Lineamientos, aprobado el 14 de febrero de 2019 y registrado con la clave INE/JGE17/2019.
Este Acuerdo establece que, para obtener el grado de Maestría, la persona egresada debe optar por una de las tres modalidades de titulación: tesis, tesina o ensayos. Cada modalidad tiene una temporalidad distinta: cuatro años para la tesis, dos años para la tesina, y en el caso de los ensayos, el plazo depende de la convocatoria correspondiente.
Si la persona candidata no concluye el proceso en el tiempo establecido, será dada de baja de la modalidad elegida. No obstante, por única ocasión, podrá seleccionar otra opción de titulación. Cabe señalar que los plazos mencionados se contabilizan excluyendo los periodos en que se desarrollan procesos electorales, por lo que el tiempo total para titularse puede superar los seis años.
Por otra parte, la inscripción a la Maestría fue de carácter optativo para las y los miembros del Servicio que cursaban obligatoriamente el Programa de Formación. Esta condición ha influido en la participación del funcionariado en las acciones orientadas a mejorar la eficiencia terminal.
Este objetivo se formuló considerando la vinculación entre la Maestría y la malla curricular establecida para el Programa de Formación, estructurado por áreas modulares. No obstante, con la reforma del Estatuto en 2020, el nuevo Programa de Formación se desvinculó de dicha malla curricular. En consecuencia, resulta necesario implementar ajustes en la administración de la Maestría, así como desarrollar acciones orientadas a incrementar la eficiencia terminal, con el propósito de que el personal del Servicio inscrito en el programa concluya satisfactoriamente su proceso de titulación.
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