RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO A LA SOLICITUD DE OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES 330031425000704 (UT/SODP/25/00005).
INE-CT-R-PDP-0022-2025
Resolución
Resolución.
Primero.
Se confirma la no procedencia del ejercicio del derecho de oposición de datos personales, derivado del impedimento legal declarado por la DERFE, de conformidad con lo referido en el apartado E de la presente resolución.
Segundo.
Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.