REGLAS PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EN MATERIA DE PROPAGANDA Y MENSAJES ELECTORALES PARA EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 Y, EN SU CASO, PARA LAS ELECCIONES EXTRAORDINARIAS QUE DE ESTE DERIVEN.
Acuerdo
Del aviso de privacidad
9. Los sujetos obligados que utilicen la imagen de niñas, niños y adolescentes en
propaganda político-electoral, mensajes o que soliciten su participación en
propaganda electoral, mensajes y actos de las personas aspirantes y personas
candidatas a juzgadoras para exhibir su imagen en cualquier medio de difusión, a
partir del momento en el cual recaben los datos personales de aquéllos, deberán
proporcionar a su madre y padre, tutor o quien ostente la patria potestad, el aviso
de privacidad correspondiente, con el objeto de informarles los propósitos del
tratamiento de los mismos, en términos de la normatividad aplicable
- Acuerdos [2153]





