RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424004450 (UT/24/04190)
INE-CT-R-0489-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero.
Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo.
Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total propuesta por las áreas DEA, DEAJ, OIC y UTF (punto 4).
Tercero.
Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DESPEN (puntos 2, 4 y 5) y UTF (punto 3),
no implica la participación de un sujeto obligado distinto al INE, no hay materia para el análisis.
Cuarto.
Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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