RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424004390 (UT/24/04137)
INE-CT-R-0487-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero.
Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo.
Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial propuesta por las áreas DEPPP (puntos 6) y UTF (puntos 3, 4, 5, 8, 9 y 10)
Tercero.
Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y UTF (punto 2 y 7 respecto al proceso de la Dirigencia Estatal del PRI en el Estado de México y documentos relacionados).
Cuarto.
Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al partido político PRI, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Quinto.
Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1702]