CUARTO INFORME TRIMESTRAL QUE PRESENTA LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS SOBRE EL NÚMERO DE PROCEDIMIENTOS REFERIDOS EN EL LIBRO CUARTO DEL ESTATUTO, EN CONTRA DE PERSONAL DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL PERIODO: DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2024
Informe
El artículo 28, fracción IX del Estatuto ordena a la DEAJ presentar en cada sesión ordinaria de la Comisión del Servicio un informe general respecto del número y, en caso de haber sido resueltos, el sentido de la resolución de procedimientos de conciliación de conflictos, laboral sancionador y del recurso de inconformidad, referidos en el Libro Cuarto del Estatuto. En esa misma línea, la sección 9 del Protocolo permite a la DEAJ colaborar con la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral Nacional en el diseño y ajuste de las políticas estratégicas e integrales para los planes de acción en la materia. Así, con el propósito de generar insumos para el fortalecimiento de las políticas de integridad, formación de capital humano y acorde con la política de tolerancia cero a la violencia (ya sea en su expresión sexual o laboral) con fundamento en los artículos 67, numeral 1, incisos dd) y gg) del Reglamento Interior, 28, fracción IX del Estatuto y 7, párrafos 1, inciso a) y 2; y 14, numeral 1, inciso c) del Reglamento de Comisiones del Consejo General, se presenta el Cuarto Informe Trimestral a la Comisión del Servicio correspondiente al periodo de 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2024, el cual contiene el número de procedimientos de conciliación, de PLS y los recursos de inconformidad tramitados. El informe se divide en: marco jurídico, refiere al espectro que sustenta el informe; marco conceptual, enuncia el universo de conductas que se estudian; metodología del informe, explica la ruta de atención que se brinda a cada asunto que llega desde su ingreso hasta que se emite un proyecto de resolución; informe, proporciona el número de procedimientos de conciliación, de investigación, resolución y los recursos de inconformidad resueltos y pendientes de trámite; conclusiones, con base en la evidencia empírica encontrada se proponen directrices para el fortalecimiento de las capacidades del personal SPEN.
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