PROYECTO DE ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE EMITEN LAS CONVOCATORIAS PARA QUE LA CIUDADANÍA PARTICIPE COMO OBSERVADORA ELECTORAL EN EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO PARA LA ELECCIÓN DE DIVERSOS CARGOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 Y, EN SU CASO, DE LOS PROCESOS ELECTORALES DE LOS PODERES JUDICIALES LOCALES, ASÍ COMO, PARA LOS PROCESOS ELECTORALES EXTRAORDINARIOS QUE DERIVEN DE ÉSTOS Y SE APRUEBAN DIVERSOS ANEXOS
Acuerdo
PRIMERO. Se aprueba la emisión de las convocatorias para que la ciudadanía participe como Observadora Electoral en el Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, y, en su caso, de los procesos electorales de los poderes judiciales locales, así como, para los procesos electorales extraordinarios que deriven de éstos y se aprueban diversos anexos.
SEGUNDO. Se aprueban los plazos para la recepción de solicitudes de la ciudadanía interesada en acreditarse como Observadora Electoral, por lo que las solicitudes podrán presentarse en forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan en los siguientes plazos:
• De manera presencial: a partir de la aprobación del presente Acuerdo y hasta el 7 de mayo de 2025, siendo este plazo improrrogable.
• A través del Portal Público de Observadoras y Observadores Electorales (modalidad virtual): a partir del 6 de enero y hasta el 7 de mayo de 2025, siendo este plazo improrrogable
TERCERO. Se aprueba el plazo para que la ciudadanía pueda acceder al curso en modalidad virtual, a través del Portal Público de Observadoras y Observadores Electorales, a partir del 16 de enero y hasta el 26 de mayo de 2025.
CUARTO. La ciudadanía interesada en observar el proceso de Voto Anticipado se sujetará a lo establecido en los respectivos Lineamientos y Modelos de Operación que, en su caso, apruebe el Consejo General.
QUINTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral a coordinarse con la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica y la Coordinación Nacional de Comunicación Social para definir e implementar estrategias de difusión con el objetivo de incentivar la participación de la ciudadanía en la Observación Electoral.
SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral realizar las acciones necesarias para dar a conocer el contenido del presente Acuerdo a las y los vocales ejecutivos de las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto, así como a las y los integrantes de los consejos locales y los consejos distritales, una vez que se instalen.
SÉPTIMO. Se instruye a las vocalías ejecutivas de las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto, llevar a cabo las acciones necesarias para la publicación y difusión de la Convocatoria en los medios de comunicación que estén a su alcance en la entidad, redes sociales en el ámbito de su competencia; así como en instituciones académicas, universitarias y con organizaciones de la sociedad civil.
OCTAVO. Se instruye a las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto a promover con las organizaciones que atienden a grupos de personas en situación de discriminación la Convocatoria para que participen en la Observación Electoral. Asimismo, se instruye a que registren dichas acciones en el Sistema de Observadores y Observadoras Electorales.
NOVENO. Se instruye a las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto, a realizar cápsulas en las lenguas indígenas con mayor presencia en la entidad para difundir la Convocatoria aprobada para participar en la Observación Electoral del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, de conformidad con los Considerandos 51 y 54 del presente Acuerdo.
DÉCIMO. Se instruye a las juntas locales ejecutivas en las entidades a que, en caso de que se determine la celebración de elecciones extraordinarias, la Convocatoria que forma parte del presente Acuerdo se actualice para invitar a la ciudadanía a participar como Observadora Electoral.
DÉCIMO PRIMERO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales comunicar el contenido del presente Acuerdo y remitir los modelos de las convocatorias aprobadas a las presidencias de los órganos superiores de dirección de los institutos electorales locales para su difusión en los medios de comunicación de la entidad, en las páginas electrónicas y redes sociales en el ámbito de su competencia; así como en instituciones académicas, universitarias y con organizaciones de la sociedad civil. En su caso, para que los Organismos Públicos Locales aprueben la Convocatoria correspondiente a los procesos electorales de los poderes judiciales locales.
DÉCIMO SEGUNDO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Públicos Locales a que tramite los accesos correspondientes al Sistema de Observadoras y Observadores Electorales de la RedINE a personal de los Organismos Públicos Locales para el registro de las acciones de difusión.
Asimismo, en aquellos casos, en los que los institutos electorales locales organicen procesos electorales de los poderes judiciales locales, se les brindará acceso al Sistema para registrar las solicitudes de acreditación que, en su caso, reciban.
DÉCIMO TERCERO. Se instruye a la Unidad Técnica de Vinculación con los Organismos Públicos Locales, realice el seguimiento permanente a los Organismos Públicos Locales, para que registren en el sistema las acciones de difusión realizadas tanto al público en general como a grupos en situación de vulnerabilidad.
DÉCIMO CUARTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Servicios de Informática liberar el Sistema y Portal Público de Observadoras y Observadores Electorales que se implementará para el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
DÉCIMO QUINTO. Se instruye a la Unidad Técnica de Servicios de Informática a realizar las acciones necesarias para brindar el acceso oportuno a las Vocalías de Capacitación Electoral y Educación Cívica y de Organización Electoral de las juntas locales y distritales ejecutivas del Instituto Nacional Electoral al Sistema Observadoras y Observadores Electorales, con la finalidad de que den seguimiento al procedimiento de acreditación para participar como Observadora Electoral.
DÉCIMO SEXTO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica elaborar los contenidos del curso de capacitación tanto presencial como virtual y éstos se pongan a disposición de las Vocalías de Capacitación Electoral y Educación Cívica, para su impartición en las juntas locales y distritales ejecutivas; así como en el Portal Público de Observadoras y Observadores Electorales.
DÉCIMO SÉPTIMO. Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos incorporar a los Anexos 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5 y 6.6 del compilado de Anexos del Reglamento de Elecciones que se encuentra publicado en la Norma INE, los anexos que forman parte del presente Acuerdo:
• Solicitud de acreditación de observadoras y observadores electorales;
• Solicitud de ratificación de observadoras y observadores electorales;
• Constancia de acreditación ante el Consejo Distrital;
• Constancia de acreditación ante el Consejo Local;
• Gafete de persona Observadora Electoral; y
• Modelo de convocatoria para la Observación Electoral.
DÉCIMO OCTAVO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de su publicación.
DÉCIMO NOVENO. Publíquese el presente Acuerdo en el Portal Público y Gaceta del Instituto.
- Acuerdos [8]
SOLICITUD DE ACREDITACIÓN PARA PARTICIPAR COMO OBSERVADORA U OBSERVADOR ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 (244.1Kb) |
SOLICITUD DE RATIFICACIÓN PARA PARTICIPAR COMO OBSERVADORA U OBSERVADOR ELECTORAL DEL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN 2024-2025 (245.4Kb) |