RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424003850 (UT/24/03651), 330031424003851 (UT/24/03652) Y 330031424003852 (UT/24/03653)
INE-CT-R-0434-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial formulada por el área UTF (punto 2).
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP (punto 1, ámbito local) y UTF (punto 1).
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al IETAM, quien podría contar con la información requerida en su solicitud.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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