RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424003700 (UT/24/03513)
INE-CT-R-0406-2024
Resolución
Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DEPPP y DJ, consideradas como públicas.
Segundo. Incompetencia: Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y DJ.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante los Congresos Locales o bien a los OPL de las 32 entidades federativas de la República Mexicana, siendo dichos sujetos obligados quienes podrían contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente Resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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