INFORME QUE PRESENTA LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL, SOBRE LAS LICENCIAS SIN GOCE DE SUELDO AUTORIZADAS POR LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA A PERSONAS MIEMBROS DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL DEL SISTEMA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.
Informe
El artículo 65, párrafo primero del Estatuto, establece que la DESPEN informará a la Comisión del
Servicio de las licencias otorgadas a las y los miembros del Servicio en la sesión ordinaria
inmediata posterior que corresponda.
- Informes [141]