RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031424003556 (UT/SADP/24/00196)
INE-CT-R-PDP-0030-2024
Resolución
Resolución.
Primero. Se confirma la no procedencia del ejercicio del derecho de acceso a
datos personales derivado de inexistencia declarada por la DERFE, respecto de los
datos biométricos solicitados en el inciso a) de la solicitud, toda vez que no se
encuentran en posesión del INE, de acuerdo con las precisiones analizadas en el
apartado E de la presente resolución.
Segundo. Entréguense a la persona titular, de manera personal, previa
acreditación de su identidad, los datos proporcionados por la DERFE.
Tercero. Comuníquese a la persona titular de los datos la posibilidad de obtener
la copia certificada de su expediente electoral que la DERFE pone a su disposición,
en caso de así solicitarlo.
Cuarto. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá
interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación
referido en el apartado F de la presente resolución.
- Resoluciones [1645]