RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN CUMPLIMIENTO AL REQUERIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (INAI), DICTADO DENTRO DE LA DETERMINACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN CON CLAVE RRA 10674/24
INE-CT-R-0384-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se ponen a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total propuesta por el área OIC (puntos 1 y 2, respecto de faltas administrativas no graves: investigaciones, procedimientos en trámite, concluidos sin sanción y concluidos con sanción no firme).
Tercero. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia formulada por el área OIC (puntos1 y 2, respecto de faltas administrativas no graves: procedimientos concluidos con sanción firme).
Cuarto. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área OIC (puntos1 y 2, respecto de faltas administrativas graves).
Quinto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al TFJA, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Sexto. Instrucción. Se instruye a la UT a notificar la presente resolución a la persona recurrente.
Séptimo. Inconformidad. Se hace del conocimiento de la persona recurrente que en virtud de que la presente resolución se emite por instrucción del organismo garante nacional en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se dejan a salvo sus derechos, para interponer el medio de defensa que ofrezca dicho organismo.
- Resoluciones [1645]