RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424003374 (UT/24/03212)
INE-CT-R-0361-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total formulada por el OIC (punto 7).
Tercero. Incompetencia. Debido a la manifestación de incompetencia sustentada por las áreas DESPEN (puntos 1 a 4, 6 y 7) y UTF (puntos 1 a 3 y 5 a 8), no implica la participación de un sujeto obligado distinto al INE, no hay materia para el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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