RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424003105 (UT/24/02957)
INE-CT-R-0329-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas que emitieron las áreas DEPPP y DS.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP (1990-2013) y DS (1990-2013).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición a los OPL de las 32 entidades federativas, toda vez que son los sujetos obligados que podrían contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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