RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002717 (UT/24/02608)
INE-CT-R-0298-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Reserva temporal total. Se confirma la clasificación de reserva temporal total formulada por el área OIC (punto 4, Auditorías DATIC/04/FI/2023, DAOC/06/ES/2023, DADE/02/ES/2023 y DADE/04/ES/2023).
Tercero. Incompetencia. Debido a que la manifestación de incompetencia del área DEA (puntos 2 y 4) no involucra la participación de un sujeto obligado ajeno al INE, no existe materia para el análisis.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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