RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002453 (UT/24/02352)
INE-CT-R-0274-2024
Resolución
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial sustentada por las áreas DEA (respecto del domicilio, nacionalidad, número de serie, número de placas, tarjeta de circulación de vehículos arrendados, código QR, código de barras, y datos contenidos en facturas de persona física y moral); 7. JL-CHIS, 10. JL-DGO, 11. JL-EDOMEX, 23. JL-QROO, 27. JL-TAB y 29. JL-TLAX (totalidad del punto único); 5. JL-CDMX (respecto al código OCR, clave de elector, domicilio, cuenta bancaria, clave interbancaria y número de placas de vehículos arrendados); 6. JL-CHIH (respecto de contratos de adquisiciones, arrendamientos y servicios); 8. JL-COAH (respecto de los Distritos 1 al 7); 16. JL-MICH (respecto del año 2021, en los contratos que contienen domicilio, OCR, clave de elector y firma de testigos); y 31. JL-YUC (respecto del RFC, domicilio, clave de elector, OCR, cuenta bancaria, clave interbancaria y lugar de expedición).
Tercero. Reserva temporal parcial. Se confirma la clasificación de reserva temporal parcial formulada por las áreas 5. JL-CDMX (respecto al número de placas de vehículos propiedad del Instituto); 16. JL-MICH (respecto del año 2021, en los contratos que contienen información relacionada con el funcionamiento del servicio de vigilancia); y 31. JL-YUC (respecto de número de elementos de seguridad).
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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