RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002483 (UT/24/02383)
INE-CT-R-0270-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP (punto 1) y UTF (punto 1). Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al IEEG, quien podría contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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