RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002416 (UT/24/02317)
INE-CT-R-0268-2024
Resolución
Determinación.
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la repuesta emitida por el área UTCE, considerada como como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área UTCE.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante, dirigir su petición ante la SEGOB, FGR o sus homólogos en las entidades federativas, quienes podrían contar con la información requerida.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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