RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002331 (UT/24/02237)
INE-CT-R-0257-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Confidencialidad parcial. Se confirma la clasificación de confidencialidad parcial, formulada por el área DECEyEC respecto del punto 5 de la solicitud.
Tercero. Reserva temporal total. Se confirma la clasificación de reserva temporal total formulada por el área DECEyEC respecto a los puntos 2 y 4 de la solicitud.
Cuarto. Incompetencia. Toda vez que la manifestación de incompetencia formulada por el área DEA (Puntos 1, 2, 3, 5, 6), no invocan la participación de un sujeto obligado diverso al INE, no hay materia de análisis.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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