RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002205 (UT/24/02114)
INE-CT-R-0245-2024
Programa
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DEPPP y DJ, consideradas como públicas.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y DJ.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al IEEBC, quién podría contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]