RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN CUMPLIMIENTO AL REQUERIMIENTO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (INAI), DICTADO DENTRO DE LA DETERMINACIÓN DEL RECURSO DE REVISIÓN CON CLAVE RRA 3696/24
INE-CT-R-0240-2024
Programa
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas CNCS, DEA, DECEyEC, DESPEN, DJ, OIC y UTIGyND, consideradas como públicas.
Segundo. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia formulada por las áreas CNCS (punto 1), DECEyEC (puntos 1 y 3), DESPEN (punto 1), DJ (puntos 2 y 4), OIC (puntos 1 a 4) y UTIGyND (punto 1).
Tercero. Instrucción. Se instruye a la UT a notificar la presente resolución a la persona recurrente.
Cuarto. Inconformidad. Se hace del conocimiento de la persona recurrente que en virtud de que la presente resolución se emite por instrucción del Organismo Garante Nacional en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se dejan a salvo sus derechos, para interponer el medio de defensa que ofrezca dicho Organismo.
- Resoluciones [1645]