ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DE GERMÁN MARTÍNEZ CÁZARES, DERIVADO DE LA PRESUNTA ADQUISICIÓN DE TIEMPO EN RADIO, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/950/PEF/1341/2024
ACQyD-INE-268/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es procedente la medida cautelar solicitada para que Germán
Martínez Cázares, candidato a Diputado Federal suspenda sus intervenciones
en el programa denunciado, bajo los argumentos y consideraciones del inciso A),
numeral II, del considerando CUARTO, de la presente resoluciónSEGUNDO. Se ordena a Germán Martínez Cázares, candidato a Diputado
Federal suspenda sus intervenciones en el programa denominado “Ciro
Gómez Leyva por la mañana” mientras se desarrolla el periodo de reflexión y
jornada electoral del Proceso Electoral Federal 2023-2024, bajo los argumentos
y consideraciones del inciso A), numeral II, del considerando CUARTO, de la
presente resolución.
TERCERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares en su vertiente
de tutela preventiva, solicitadas por el partido político quejoso, conforme a lo
señalado en el inciso B), numeral II del considerando CUARTO, de la presente
resolución.
CUARTO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente
determinación.
QUINTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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