RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002109 (UT/24/02019)
INE-CT-R-0234-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública. Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEPPP (puntos 1, 2 y 3, por lo que refiere al ámbito local).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al OPL del estado de Puebla, toda vez que es el sujeto obligado que podría contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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