RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002068 (UT/24/01980)
INE-CT-R-0222-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta del área DJ, considerada como información pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DJ (totalidad de la solicitud).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al TEPJF, quien podría contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]