RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424002017 (UT/24/01931)
INE-CT-R-0217-2024
Resolución
Determinación
Conforme al apartado anterior, se presenta el concentrado de decisiones del CT:
Primero. Información pública y máxima publicidad. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DJ y OIC, consideradas como públicas, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Confidencialidad total. Se confirma la clasificación de confidencialidad total propuesta por las áreas DJ (pronunciamiento negativo o positivo sobre la existencia o inexistencia de denuncias) y OIC (el pronunciamiento en sentido afirmativo o negativo de la existencia o inexistencia de denuncias e investigaciones del interés de la persona solicitante).
Tercero. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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