RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LAS SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424001940 (UT/24/01854) Y 330031424001945 (UT/24/01859)
INE-CT-R-0213-2024
Resolución
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se ponen a disposición las respuestas emitidas por las áreas DEPPP y UTF, consideradas como públicas, así como la información puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DEPPP y UTF.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante el IEE Puebla, siendo dicho sujeto obligado quien podría contar con la información referente a su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]