ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA EN CONTRA DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, DERIVADO DEL PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/821/PEF/1212/2024.
ACQyD-INE-225/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares, solicitadas por
el partido MORENA en términos de los argumentos esgrimidos en el considerando
CUARTO, fracción IV, de la presente resolución.
SEGUNDO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares, en su vertiente
de tutela preventiva solicitadas por el partido MORENA en términos de los
argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO, fracción IV, de la presente
resolución.
TERCERO. Se instruye al Encargado de la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice
las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
CUARTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el juicio electoral, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de
la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]