RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ACCESO A DATOS PERSONALES 330031424001616 (UT/SADP/24/00092)
INE-CT-R-PDP-0020-2024
Resolución
Resolución.
Primero. Se confirma la respuesta de la DEA, a fin de elaborar una versión pública de la información solicitada, en el sentido de que los datos personales a proteger serían los de terceros, por considerarse información confidencial, en términos de lo analizado en el apartado E.1 de la presente resolución.
Segundo. Una vez acreditada la identidad de la persona solicitante y la titularidad del vehículo referido en su solicitud, se instruye a la DEA, a fin de elaborar la versión pública de las videograbaciones en los términos señalados por dicha Dirección Ejecutiva, a través del dispositivo USB que proporcione la persona solicitante para tal efecto, o bien, previo pago de los derechos de reproducción en el dispositivo USB proporcionado por la DEA.
Tercero. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado G de la presente resolución.
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