RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424001633 (UT/24/01541)
INE-CT-R-0185-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta que emitió el área DEPPP, considerada como pública. Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área DEPPP, por lo que respecta al punto 1 (hacer clic para redirigir al apartado correspondiente).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición al partido político Morena.
Cuarto. Inexistencia. Se confirma la declaratoria de inexistencia formulada por el área DEPPP respecto del punto 2, “Acta del Consejo Nacional de Morena del 18 de febrero de 2024”. (sic)
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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