ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, EN CONTRA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, DERIVADO DEL PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA Y CALUMNIA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/CSP/CG/684/PEF/1075/2024.
ACQyD-INE-192/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la medida cautelar solicitada por Claudia Sheinbaum Pardo, respecto de los promocionales denunciados, en términos de los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]