RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO A LA SOLICITUD DE OPOSICIÓN DE DATOS PERSONALES 330031424001392 (UT/SODP/24/00004).
INE-CT-R-PDP-0018-2024
Resolución
Resolución.
Primero. Se confirma la no procedencia del ejercicio del derecho de oposición de la edad en el portal relativo al Cuestionario curricular del Sistema Candidatas y Candidatos, Conóceles para el Proceso Electoral Federal 2023-2024, derivado de impedimento legal y por lesionarse derechos de terceros, declarada por la UTTyPDP-DPT, de conformidad con lo referido en el apartado E.1 de la presente resolución.
Segundo. Se confirma la inexistencia declarada por la UTTyPDP-DPT del lugar de nacimiento en el portal relativo al Cuestionario curricular del Sistema Candidatas y Candidatos, Conóceles para el Proceso Electoral Federal 2024 y, por ende, la no procedencia del ejercicio del derecho de oposición, de conformidad con lo referido en el apartado E.2 de la presente resolución.
Tercero. Se informe a la persona solicitante que, en caso de que lo considere conveniente, se dejan a salvo sus derechos para presentar una nueva solicitud de oposición de datos personales respecto al tratamiento de sus datos contenidos en el Cuestionario de identidad del Sistema Candidatas y Candidatos, Conóceles para el Proceso Electoral Federal 2024.
Cuarto. Se comunica a la persona titular de los datos personales que podrá interponer por sí misma o a través de su representante, el medio de impugnación referido en el apartado F de la presente resolución.
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