ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS INTEGRANTES DE LA COALICIÓN “FUERZA Y CORAZÓN POR MÉXICO”, ASÍ COMO DE BERTHA XÓCHITL GÁLVEZ RUIZ, DERIVADO DEL PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/611/PEF/1002/2024.
ACQyD-INE-180/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares y tutela preventiva
solicitadas por el partido político MORENA, en los términos y por las razones
establecidas en el considerando CUARTO de la presente resolución.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado del despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos de su considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]