ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA EN CONTRA DEL PRESIDENTE NACIONAL DE MORENA, DERIVADO DE LA PRESUNTA VULNERACIÓN AL INTERÉS SUPERIOR DE PERSONAS MENORES DE EDAD, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PRD/CG/595/PEF/986/2024.
ACQyD-INE-176/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por
el Partido de la Revolución Democrática, en términos de los argumentos
esgrimidos en el considerando CUARTO, apartado II, inciso A), del presente
acuerdo.
SEGUNDO. Es procedente la tutela preventiva, solicitada por el quejoso de
conformidad con los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO,
apartado II, inciso B), del presente acuerdo, por tanto, se ordena a Mario Martín
Delgado Carrillo que, en las publicaciones que realicen por cualquier medio,
durante el proceso electoral federal que actualmente se desarrolla, en las
que aparezcan personas menores de edad:
1. Den cumplimiento cabal a las disposiciones contenidas en los Lineamientos
Generales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en Materia
de Propaganda y Mensajes Electorales, recabando, previo a la difusión de
los elementos respectivos, las autorizaciones a que se refiere tal
ordenamiento.
2. En caso de no contar con las autorizaciones y documentos a que se refieren
los lineamientos mencionados en el numeral anterior, editen las imágenes
o videos a publicitar, de manera que no sean identificables las personas
menores de edad que en ellos aparezcan.
TERCERO. Se instruye al Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral, para que de inmediato realice las acciones necesarias
tendentes a notificar la presente determinación.
CUARTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el Recurso de Revisión del Procedimiento Especial
Sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]