MANEJO, REGISTRO, CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE APORTACIONES DE PERSONAS CANDIDATAS.
Consulta
|Que de conformidad con el anexo 2 del acuerdo CF/004/2017 aprobado por la CF, los recibos de aportación para las aportaciones de militantes y candidatos es el formato con número de consecutivo 26 y el formato para las aportaciones de simpatizantes corresponde al consecutivo número 28, en caso de aportaciones de simpatizantes en especie para campañas corresponde al formato número 30, y el formato, en caso de ser Coalición corresponde el número consecutivo 42 en caso de aportaciones de militante y del candidato.
|Que para la administración de los recursos en efectivo que los candidatos reciban o utilicen para su contienda, el partido o coalición deberá abrir una cuenta bancaria para cada uno.
|Que el registro contable de las aportaciones de candidaturas en efectivo o especie deberá registrase en las cuentas número “4-2-04-00-0000” “Aportaciones del Candidato” afectando la cuenta contable de efectivo o especie según sea el caso.
|Que todas las aportaciones de cualquier tipo y especie realizadas por militantes o simpatizantes en beneficio de un partido político, deben ser reportadas dentro de la contabilidad del mismo en el SIF con la totalidad de documentación soporte, a efecto de que esta autoridad pueda llevar a cabo una correcta fiscalización de ingresos y egresos de los candidatos a cargo de una elección popular federal y local, ya que el incumplimiento de lo anterior será objeto de sanción en los términos que dispone la ley materia.
- Consultas [822]