ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DEL PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y TELEVISIÓN, A EFECTO DE QUE SE LE CONCEDA UNA PRÓRROGA PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES DECRETADAS EN EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PRD/CG/224/PEF/615/2024.
ACQyD-INE-139/2024
Acuerdo
PRIMERO. No ha lugar a conceder la prórroga para el cumplimiento del Acuerdo de medida cautelar identificado como ACQyD-INE-76/2024, solicitada por el Presidente de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión.
SEGUNDO. Glósese el original de la presente determinación a los autos que integran el procedimiento especial sancionador al rubro indicado.
TERCERO. Se instruye al Encargado de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación.
CUARTO. A efecto de garantizar el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva contenido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe precisarse que en términos de lo dispuesto por el artículo 109, párrafo 1, inciso b) de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, puede ser impugnado el presente acuerdo mediante recurso de revisión del procedimiento especial sancionador.
- Acuerdos [2087]