ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR ADOLFO ARENAS CORREA EN CONTRA DE TRESEARCH, PARAMETRÍA, DE LAS HERAS DEMOTECNIA, KERSIFOS Y TAG RESEARCH, POR REALIZAR Y PUBLICAR ENCUESTAS EN EL ACTUAL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2023-2024 SIN CUMPLIR CON LOS REQUISITOS PARA ELLO, ASÍ COMO DE CLAUDIA SHEINBAUM PARDO Y DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS MORENA, DEL TRABAJO Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO POR CULPA IN VIGILANDO (FALTA A SU DEBER DE CUIDADO) Y DE QUIENES RESULTEN RESPONSABLES DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/AAC/CG/246/PEF/637/2024
ACQyD-INE-110/2024
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares y tutela
preventiva, solicitadas por Adolfo Arenas Correa, en términos de los argumentos
esgrimidos en el Considerando CUARTO de la presente resolución.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado del despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones tendentes a notificar la presente determinación.
TERCERO. En términos de su considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema
de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]