RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424000680 (UT/24/00644)
INE-CT-R-0086-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la respuesta que emitieron las áreas DERFE y DJ considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. En virtud de que la manifestación de incompetencia señalada por el área DJ (respecto el numeral 1 de la solicitud, no involucra la participación de un sujeto obligado diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Tercero. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por las áreas DERFE y DJ (respecto los numerales 2, 3 y 4 de la solicitud).
Cuarto. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición a los sujetos obligados, Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) [numeral 2 de la solicitud] y la Secretaría de Gobernación (SEGOB) [numerales 3 y 4 de la solicitud], en virtud de ser las instancias que podrían contar con la información materia de la presente solicitud de acceso.
Quinto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
- Resoluciones [1645]