RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031424000579 (UT/24/00553)
INE-CT-R-0082-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública. Se pone a disposición la información considerada como pública.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de incompetencia formulada por el área UTVOPL (punto 2), respecto a qué cantidad de los consejeros electorales de los OPL pertenecen a un grupo vulnerable.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir su petición ante los 32 OPL en las entidades federativas de la República Mexicana, siendo dichos sujetos obligados quienes podrían contar con la información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la presente resolución podrá interponer el medio de impugnación respectivo.
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