ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR EL PARTIDO DE LA ACCIÓN NACIONAL EN CONTRA DE CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, EN SU CALIDAD DE PRECANDIDATA A LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y LOS PARTIDOS MORENA, DEL TRABAJO Y VERDE ECOLOGISTA DE MÉXICO POR PRESUNTOS ACTOS ANTICIPADOS DE CAMPAÑA, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/PAN/CG/269/PEF/660/2024
ACQyD-INE-89/2024
Acuerdo
PRIMERO. Se declara improcedente la medida cautelar solicitadas por el Partido
Acción Nacional, de conformidad con lo argumentado en el considerando CUARTO,
del presente acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye al Encargado de Despacho de la Unidad Técnica de lo
Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de
inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente
determinación.
TERCERO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es
impugnable mediante el recurso de revisión del procedimiento especial
sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del
Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
- Acuerdos [2087]