RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003888 (UT/23/03670).
INE-CT-R-0026-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se
ponen a disposición las respuestas que emitieron las áreas DEPPP,
UTF y UTVOPL, consideradas como públicas, así como la información
puesta a disposición por máxima publicidad.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de
incompetencia formulada por las áreas DEPPP, UTF y UTVOPL.
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir
su petición al OPLE en el estado de Jalisco, quien podría contar con la
información requerida en su solicitud.
Cuarto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la
presente resolución podrá interponer el medio de impugnación
respectivo.
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