RESOLUCIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA (CT) DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL (INE) EN ATENCIÓN A LA SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN 330031423003740 (UT/23/03527)
INE-CT-R-0025-2024
Resolución
Determinación
Conforme a los apartados anteriores, el CT resuelve:
Primero. Información pública y por máxima publicidad. Se
ponen a disposición las respuestas que emitieron las áreas DEPPP y
UTF, consideradas como públicas, así como la información puesta a
disposición por máxima publicidad.
Segundo. Incompetencia. Se confirma la manifestación de
incompetencia formulada por el área DEPPP, por lo que respecta al
presupuesto de precampaña y campaña del partido político Movimiento
Ciudadano segregado de la manera en lo requiere la persona solicitante
(puntos 2 y 3 de la solicitud).
Tercero. Orientación. Se orienta a la persona solicitante a dirigir
su petición al partido político Movimiento Ciudadano.
Cuarto. Toda vez que la manifestación de incompetencia
formulada por el área UTF por lo que respecta al presupuesto asignado
a los Partidos Políticos en el ámbito federal no invoca la participación
de un sujeto diverso al INE, se ha determinado obviar el análisis.
Quinto. Toda vez que el área UTF invocó el criterio SO/015/2013
por lo que respecta al presupuesto asignado a los Partidos Políticos en
el ámbito local, se ha determinado obviar el análisis.
Sexto. Inconformidad. En caso de inconformidad con la
presente resolución podrá interponer el medio de impugnación
respectivo.
- Resoluciones [1645]