SON DEPÓSITOS SISTEMATIZADOS APORTACIONES MENORES A 90 UMAS DE MILITANTES A COMITÉS REFERENCIADOS A CLAVE DE ELECTOR.
Consulta
| Que las aportaciones de militantes y simpatizantes menores a 90 UMA deberán realizarse de conformidad con los artículos 103 y 104 Bis del RF, es decir que, cada una de las personas aportantes debe depositar los recursos en la cuenta bancaria y, hecho esto, entregar la ficha de depósito directamente ante el órgano del partido que corresponda, a efecto de que, en conjunción con el recibo de aportación que le expida el partido a cambio y la copia dela credencial de elector, se compruebe el origen del recurso.
|Que, la escasez o inexistencia de sucursales bancarias o dificultad para acudir a dichas sucursales por parte de los aportantes, no exime al partido a cumplir la comprobación del origen de los recursos, por lo que esta autoridad no recomienda alternativas a las establecidas en las normatividad electoral.
|Que deberá especificar la propuesta del mecanismo de transferencias y depósitos que refiere para las aportaciones de militantes y simpatizantes, para que esta autoridad pueda pronunciarse al respecto.
- Consultas [822]